Indemnizaciones temporales.

Además de la evolución de las campañas electorales en Galicia y el País Vasco, esta semana han sido también mediatizadas las dos Sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 14 de septiembre de 2016 (http://www.elconfidencial.com/economia/2016-09-21/sentencia-contratos-temporales-indefinidos-interinos-ue-laboral_1263074/).

En uno de los casos, la cuestión suscitada ante el referido Tribunal surge porque la normativa vigente en España establece una diferencia de trato entre los trabajadores fijos y los trabajadores con contrato de interinidad. A éstos últimos, el derecho español no les reconoce una indemnización cuando su contrato finaliza.

El antedicho organismo comunitario considera que nuestra regulación no respeta los principios establecidos en el marco normativo comunitario. Viene a indicar, resumidamente (sin entrar en grandes disquisiciones jurídicas), que el mero hecho de que un trabajador preste sus servicios en virtud de un contrato de interinidad, no puede ser óbice para denegar el derecho a la indemnización por extinción de su contrato de trabajo. Así, entiende que no existe una razón objetiva que justifique esa diferenciación de trato entre un contrato de trabajo fijo y un contrato de trabajo temporal.

Como incluso parece que reconoció el Secretario de Estado de Empleo, esto va a tener efectos jurídicos que se tienen que valorar detenidamente. De hecho, este viernes 23 de septiembre ya se hacían eco algunos medios de comunicación de la “primera” sentencia que aplicaba los criterios fijados por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (http://www.elconfidencial.com/economia/2016-09-23/contratos-indefinidos-temporales-sentencia-ue-galicia-enfermeria_1264650/).

Tras estos fallos judiciales comunitarios, se abren en España frentes no sólo jurídicos, si no también políticos. Téngase en cuenta que el Tribunal sigue reconociendo la posibilidad de que existan distintas modalidades de contrato, pero no que esté justificada una diferencia de trato a efectos indemnizatorios. Sin embargo, las distintas cuestiones que plantea la fundamentación (no el fallo únicamente en sí mismo) abren un nuevo debate político. Por esta razón, todos los sectores económicos se han movilizado. La CEOE, por ejemplo, se apresuró a decir a la prensa que la Sentencia “no es extrapolable” al resto de trabajadores.

Es decir, creo que, además de las consecuencias directas que a nivel jurídico va a tener (y que aparco en este artículo), este hito judicial viene a poner de manifiesto un factor de las políticas de empleo que lastran el modelo español. En mi opinión, supone una importante llamada de atención sobre nuestro modelo laboral.

Aunque a priori no lo parezca, el hecho de que en España se pusieran en marcha instrumentos legales tendentes a facilitar la existencia de relaciones contractuales con los trabajadores de corta duración, a abaratar los despidos y a dejar sin cobertura indemnizatoria a trabajadores por el hecho de que su contrato sea temporal, son factores que inciden en la situación del conjunto del mercado laboral y que tienen un efecto directo en la situación económico – social de nuestro país.

A estos efectos, es importante tener en cuenta que el Gobierno de Mariano Rajoy ha aprobado casi 20 distintos instrumentos legales (entre leyes y reales decretos leyes) que afectan e inciden, directa e indirectamente, en el modelo laboral de nuestro país, siendo la más importante la reforma del 2012.

Tal y como señala el economista Antonio González, las reformas del Partido Popular han afectado “prácticamente a todos los grandes aspectos de la regulación legal de las relaciones de trabajo: los contratos de trabajo, los despidos, las posibilidades de cambiar las condiciones de trabajo, incluidos los salarios y los convenios colectivos” (artículo titulado “Un cambio de rumbo en la regulación laboral” publicado en la revista “Alternativas Económicas” del mes de junio de 2016).

Es una realidad contrastada que las medidas del Partido Popular han favorecido la creación de un mercado laboral inestable y precario. Entre otras cosas, (i) han favorecido el abaratamiento, en aproximadamente un 40%, de las indemnizaciones por despidos improcedentes; (ii) han creado modalidades de contrato laboral que hacen más barato el despido que un contrato temporal; (iii) han creado modalidades de contrato laboral que reconocen períodos de prueba de 1 año durante el cual el empresario directamente puede decir no continuar con la relación laboral sin pagar ninguna indemnización al trabajador; (iv) han facilitado que el empresario pueda, de forma unilateral, empeorar las condiciones de trabajo cuando no están establecidas por un convenio colectivo; y (v) han hecho prevalecer el convenio de empresa sobre el convenio del sector.

Este mercado laboral inestable y precario actual tiene su principal manifestación en la temporalidad del trabajo. Si alguien duda sobre el auge de la temporalidad de los contratos de trabajo, sólo tiene que acudir a los datos oficiales. En este sentido, de acuerdo con los datos del Servicio Público de Empleo Estatal, desde que Mariano Rajoy está al frente del Gobierno de España los porcentajes de contratos temporales creados han sido elevadísimos. Así, en los años 2012, 2013, 2014 y 2015 los porcentajes de contratos temporal creados (en relación con el total de contratos creados) han sido del 89,94%, 92,33%, 91,33% y el 91,88%, respectivamente. En lo que llevamos de 2016, el porcentaje de contratos temporales creados es del 91,39%. Las cifras hablan por sí solas.

Por ello, no es raro leer en los periódicos que España es el país con más contratos temporales de la eurozona (ver http://www.elespanol.com/economia/20160302/106489707_0.html).

Todas estas realidades pueden ser contrastadas. De acuerdo con lo que expliqué en el artículo https://tomasgil.net/2016/07/10/prioridades-politicas-consecuencia-desigualdad/, son muchas voces autorizadas las que ponen de manifiesto que en España la situación del mercado laboral ha sufrido un grave deterioro (especialmente estos últimos años en los que el Partido Popular ha estado al frente).

Tal y como señala Amat Sánchez “la precariedad, fundamentalmente la temporalidad en la contratación, pero también otras patologías crónicas como la elevada incidencia del empleo irregular, constituye uno de los mayores problemas laborales de nuestro país” (artículo titulado “La evolución del empleo y las condiciones laborales” publicado en la Gaceta Sindical de CCOO de junio de 2015).

La precariedad del empleo tiene incidencias directas para el desarrollo social y económico de un país. Así, por ejemplo, la Memoria sobre la situación socio-económica y laboral del año 2015 elaborada por el Consejo Económico y Social en España se hacía eco de las advertencias de la Comisión Europea de “las repercusiones negativas para la cohesión social de la dualidad del mercado laboral entre contratos indefinidos y temporales”. Este mismo documento, de hecho, resalta que para la sostenibilidad futura de las pensiones resulta crucial, entre otras cosas, afrontar las condiciones de trabajo precarias en España.

La situación actual de la política laboral española repercute negativamente en la sociedad. El aumento de la temporalidad en los contratos de trabajo ha ido acompañado, entre otras cosas, de una disminución de las rentas disponibles por adultos. Ello ha provocado un aumento de la desigualdad. Tal y como afirma el Informe de la Fundación FOESSA de 2016 “la desigualdad en España se ha caracterizado por la reducción de las rentas medias y el hundimiento de las rentas de los más pobres”.

En las Comunidades Autónomas podemos encontrar una relación directa entre (i) aquellas con un elevado porcentaje de contratos temporales creados; (ii) los importes reducidísimos de la renta disponible por adulto en las mismas; y (iii) las elevadísimas cifras de desigualdad (Gini) en ese territorio. Por consiguiente, establecer un nuevo modelo laboral estable que luche contra precariedad es fundamental para construir una sociedad justa que promueva la igualdad de los ciudadanos.

Para ello, el mercado laboral en España necesita una gran reforma en todos los ámbitos. Hay que impulsar las medidas legales oportunas para eliminar resquicios que habiliten un empleo indigno. Es necesario establecer pautas fiscales incentivadoras de la contratación estable. Se tiene que promover un cambio en el modelo de contratación, eliminando figuras contractuales diversas a las que se puedan acoger ciertos empresarios para perjudicar la estabilidad laboral (razón por la cual creo que la propuesta de contrato único es muy beneficiosa para empezar con el cambio del modelo laboral español).

Todo eso se tiene que conseguir involucrando a todos los agentes del mercado laboral. A los trabajadores hay que concienciarlos de la necesidad de configurar un modelo tendente al incentivo productivo que no permita estancamientos. A las empresas es necesario hacerles ver que, por el bien de España, las políticas empresariales no pueden enmascarar contrataciones inestables y precarias.

Las empresas no pueden entender que el gran beneficio se obtiene a costa de la calidad del trabajo de las personas. No es incompatible una gran empresa, un gran beneficio empresarial, con la estabilidad laboral y el impulso y promoción de empleo en condiciones óptimas. Hay muchos ejemplos de grandes, medianas y pequeñas empresas que no apuestan por un trabajo barato y de “reciclado” rápido.

Entre otros muchos casos, puede servir como ilustración de ello las miles de empresas que genera e integra la Economía Social y, en especial, las cooperativas de trabajo asociado. Esta modalidad de empresa promueve un modelo de trabajo más participativo entre los trabajadores, ético, colaborativo y con unas condiciones laborales dignas; y todo ello sin olvidarse del beneficio empresarial que se obtiene. Nótese, por ejemplo, que éstas aglutinan aproximadamente a 230.000 trabajadores, de los cuales en torno a un 80% son puestos fijos.

Es aquí donde la política de un Gobierno tiene que poner el foco y destinar recursos a fomentar a las empresas que apuesten por un empleo de calidad con el fin de revertir la situación, poniendo en marcha acciones e instrumentos legales y fiscales (i) que impidan que ciertas empresas puedan acogerse a mecanismos que imposibiliten un mercado laboral estable; (ii) que sancionen fiscal y económicamente la contratación precaria de trabajadores; y (iii) que fomenten la contratación duradera de trabajadores. Ese debe ser el objetivo fundamental.

Los gobiernos (como ha sido el caso del gobierno del Partido Popular de Mariano Rajoy) que proyectan medidas legales en sentido contrario únicamente están favoreciendo que un determinado sector de empresarios pueda ver reforzada la incorrecta cultura empresarial que apuesta por la precariedad e inestabilidad laboral.

Por otra parte, para poder impulsar un nuevo modelo laboral y un cambio en la mentalidad de ciertos empleadores, desde todos los ámbitos de la Administración Pública (estatal, de las comunidades autónomas y corporaciones locales) es importante que, además de las anteriores medidas, se haga uso de instrumentos legales que refuercen la contratación estable. En este sentido, el instrumento de las cláusulas sociales en la contratación pública creo que debe ser un mecanismo legal que se convierta en piedra angular de la reforma del modelo laboral español.

La Administración Pública, a la hora de contratar, no puede ser indiferente de las políticas laborales que adoptan los contratistas. Los contratistas de bienes, servicios u obras públicas deben tener un plus adicional reforzado de cumplimiento de estándares en sus respectivos modelos de empleo.

Precisamente por lo anterior, las cláusulas sociales de las Administraciones Públicas podrían (i) establecer ciertos requisitos de calidad de empleo para que potenciales contratistas puedan optar a un contrato público; (ii) determinar bonificaciones (puntos) para empresas que cumplieran ciertas características de calidad de empleo; e (iii) imponer obligaciones posteriores a la adjudicación en cuanto a mantenimiento o mejora de la calidad de empleo, o incluso la necesidad de realizar determinadas contrataciones o la prohibición de despido del personal destinado al objeto del contrato público salvo causa objetiva.

En otro orden de cosas, y de forma adicional a todas las cuestiones que se han referido, también es importante resaltar una cuestión que es de suma importancia para el cambio del modelo laboral: la Educación.

No podemos olvidarnos de que las empresas están dirigidas por personas físicas y que, por tanto, son esas personas las que implementan unas determinadas políticas laborales y, por consiguiente, las responsables directas de que exista una determinada inestabilidad laboral. El Gobierno también debe adoptar medidas de prevención al objeto de evitar que los ciudadanos quieran instaurar en sus empresas modelos productivos contrarios a la estabilidad laboral. Por ello creo que es fundamental también que, como parte de los programas educativos se promueva la necesidad de que el mercado laboral sea sólido y seguro.

Como dije en el artículo https://tomasgil.net/2016/07/24/eduquemos-valores/, la Educación no debe ceñirse exclusivamente a las asignaturas formativas (v.gr. geografía, historia, matemáticas, etc…), sino también a promover valores y principios éticos para crear una sociedad civil más justa. El Estado no puede quedar desvinculado de transmitir valores esenciales que deben imperar en la sociedad para favorecer una convivencia social responsable.

Un Estado Democrático y de Derecho como el nuestro debe apostar por crear una cultura ciudadana de respeto por los principios elementales de igualdad, libertad y justicia, así como también otra serie de valores que parecen olvidados. El derecho a un trabajo digno es uno de esos principios que toda sociedad que se precie debería promover y respecto del cual el Estado no puede desentenderse en su fortalecimiento.

En palabras de nuestro Tribunal Constitucional, el derecho al trabajo no se concreta únicamente en el derecho a tener un puesto de trabajo, sino también “en el derecho a la continuidad y estabilidad en el empleo” que debe comprender una remuneración suficiente para satisfacer las propias necesidades de la persona y su familia. Esto parece olvidado y no se ha hecho nada para que este concepto forme parte del ADN español.

¿Gobierno en funciones sin control?

La semana pasada los medios de comunicación recogían la noticia sobre la candidatura de Soria para ocupar un puesto en el Banco Mundial, así como, lo peor de todo, el apoyo institucional que había recibido del Gobierno español (http://www.lne.es/espana/2016/09/04/rajoy-respalda-candidatura-soria-banco/1979034.html). La presión de los medios de comunicación y de los partidos de la oposición forzó la renuncia de Soria a ocupar dicho puesto.

Obviamente, dada la situación, las principales formaciones políticas de la oposición también solicitaron la comparecencia inmediata de Luis de Guindos para dar explicaciones ante el pleno del Congreso de los Diputados por la candidatura de Soria, el procedimiento seguido para que dicha persona fuera escogida y los motivos que llevaban a que el Gobierno respaldara que una persona de reputación tachable “representara” a España en un organismo de la importancia que tiene el Banco Mundial.

Ante esta tesitura, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, comunicó que Luis de Guindos no comparecería ante el pleno del Congreso de los Diputados (ver, por ejemplo, http://www.elespanol.com/espana/politica/20160909/154235067_0.html o http://www.huffingtonpost.es/2016/09/11/guindos-congreso-soria_n_11961540.html).Los motivos que, grosso modo, alegó la vicepresidenta es que un Gobierno en funciones no puede ser objeto de control parlamentario y que, por lo tanto, en su caso, únicamente comparecería ante una Comisión (y no ante el pleno del Congreso de los Diputados).

Estas manifestaciones realizadas por la vicepresidenta abren, en realidad, una caja de pandora. Constituyen un hito inimaginable. Surgen multitud de preguntas. La primera y principal creo que es ¿Puede el Congreso de los Diputados controlar a un Gobierno en funciones o es cierto, como dice Soraya Saénz de Santamaría, que el Gobierno en funciones no puede ser controlado por el Congreso de los Diputados?

Respecto a esta cuestión, el primer punto de vista que entiendo conviene ser analizado es el jurídico. Para ello, tenemos que acudir, principalmente, a la Constitución Española y a la Ley 50/1997 de 27 de noviembre, del Gobierno.

Desde una perspectiva puramente jurídica, a la hora de valorar si un Gobierno en funciones puede (o no) ser sometido al control del Congreso de los Diputados, es fundamental que atendamos a lo que establece la Constitución Española. Los preceptos de la Ley 50/1997 únicamente pueden ser interpretados en el marco de lo dispuesto en la Constitución Española.

Así, el punto de partida que hay que tener en consideración es que la Constitución Española dispone que las Cortes Generales representan al pueblo español y que, entre otras competencias, tiene la de controlar al Gobierno.

Por otra parte, hay que considerar que la Constitución Española también establece claramente, entre otras muchas cosas, cuándo cesa el Gobierno; e impone el deber al Gobierno cesante de continuar en sus funciones hasta la toma de posesión del siguiente Gobierno.

A estos efectos, el Tribunal Supremo, en Sentencia de 2 de diciembre de 2005, al interpretar este mandato constitucional dijo expresamente que “el Gobierno cesante debe seguir gobernando hasta que sea sustituido efectivamente por el nuevo. La Constitución es tajante, ordena al Gobierno que continúe ejerciendo sus funciones tras su cese y no excluye expresamente ninguna de entre las que quiere que sigan siendo ejercidas”.

Esta Sentencia, de hecho, viene a indicar expresamente que la condición de que un Gobierno esté “en funciones” no tiene que ir acompañada, necesariamente, de la inexistencia de control parlamentario.

Por otro lado, respecto a la Ley 50/1997, es cierto que el artículo 21 de la referida Ley establece una serie de limitaciones en cuanto a las actuaciones y facultades que tiene el Gobierno a la hora de gobernar, pero en ningún caso prevé que no pueda ser controlado por el Congreso de los Diputados.

Ello sin obviar, como he dicho antes, que el control de la acción del Gobierno es una atribución competencial directamente atribuida por la Constitución Española a las Cortes Generales. No hay que olvidar que las Cortes Generales sí que están formalmente constituidas actualmente tras las elecciones. Una vez constituidas, ha nacido a su favor el derecho y el deber de ejercer las competencias constitucionalmente atribuidas (incluido el control del Gobierno). No se le puede quitar una competencia constitucional a las Cortes Generales cuando estas sí que están debidamente constituidas y tienen atribuidas unas competencias inviolables. Lo contrario sería quitarle competencias constitucionales sin razón aparente.

Por consiguiente, en tanto que las Cortes Generales están constituidas y tienen “asignadas” una serie de competencias (entre las que se encuentra el control del Gobierno), no puede existir una voluntad del Gobierno de dilapidar o entorpecer el ejercicio de las competencias que las Cortes tienen. El Congreso de los Diputados tiene que ver garantizado su derecho a ejercer la competencia constitucional de controlar al Gobierno (en funciones o no). El Gobierno (aunque esté en funciones) no puede tratar de impedir que el Congreso de los Diputados ejerza las competencias asignadas. El control del Gobierno (en funciones o no) debe existir siempre.

Dicho todo lo anterior, sí que quería puntualizar que entiendo que una cuestión distinta es que el Congreso de los Diputados pueda hacer uso del control parlamentario para ejercitar acciones de responsabilidad política (v.gr. mociones de censura). Este tipo de acciones sí que entiendo que no estarían habilitadas durante un Gobierno en funciones precisamente porque dichos miembros del Gobierno en funciones continúan en tal cargo por mandato constitucional. Es la Constitución Española la que les “obliga” a seguir ejerciendo las funciones del Gobierno.

Es decir, mi opinión es que desde una perspectiva puramente jurídica existe el deber del Gobierno en funciones de someterse al control parlamentario (y por tanto comparecer y responder ante el Congreso de los Diputados), pero no se podrá ejercitar una acción de responsabilidad política frente a los miembros del mismo.

No obstante todo lo que he venido diciendo, conviene recordar que para dilucidar este problema desde la perspectiva jurídica se ha planteado la cuestión ante el Tribunal Constitucional. Entiendo que el Tribunal Constitucional dará una solución jurídica a la cuestión que he planteado aquí.

Más allá de lo estrictamente jurídico, desde una perspectiva lógica no tiene ningún sentido que si un Gobierno en funciones sigue gobernando por mandato constitucional, éste no pueda ser controlado por el Congreso de los Diputados. De lo contrario, el Gobierno en funciones (que está “menos” legitimado que el Gobierno elegido), tendría menos control que un Gobierno plenamente constituido. Es absurdo, es incoherente, resta garantías constitucionales y quiebra una de las esencias elementales de la división de poderes (control de un poder sobre otro).

De hecho, desde un punto de vista político y moral, creo que la actuación del Partido Popular deja mucho que desear. Presumen de ser patriotas y, sin embargo, rechazan dar explicaciones ante el pleno del Congreso de los Diputados (máximo órgano de representación política de los españoles). Al margen de lo puramente jurídico, en política hay que valorar la cuestión moral. Si el Partido Popular hubiera actuado de una forma ética y moralmente aceptable, al margen de lo que dijera el Tribunal Constitucional, habría aceptado directamente que su Ministro fuera interpelado por el Pleno del Congreso de los Diputados (incluso sin necesidad de que hubiera sido la oposición quien lo reclamase). Aunque, obviamente, lo primero que no tendría que haber hecho el Partido Popular es promover y defender la candidatura de Soria…

¿Y si promovemos otro modelo político?

Esta semana hemos asistido a otro intento fallido de investidura para que alguien ocupe el cargo de Presidente del Gobierno. La fragmentación del Congreso de los Diputados entre las distintas fuerzas políticas ha propiciado, nuevamente, la imposibilidad de alcanzar un acuerdo suficiente para nombrarlo.

A pesar de los esfuerzos demostrados por Ciudadanos en buscar un consenso, acercar posturas y promover el inicio real de la legislatura, la realidad es que en España llevamos un tiempo muy prolongado sin Gobierno efectivo. Esto, necesariamente, obliga a pensar si nuestro sistema político tiene que ser replanteado para poder superar situaciones como las que estamos viviendo y, sobre todo, para reforzar la soberanía popular e incentivar una participación más directa de los votantes.

Nuestra forma política de Estado consiste, básica y superficialmente (sin entrar en una gran profundidad explicativa), en que los votantes ejercen su derecho de voto para elegir a los miembros del Congreso de los Diputados y del Senado. Una vez que el Congreso de los Diputados está constituido con todos los miembros elegidos por los votantes, son los Diputados (y no los votantes) los que eligen al Presidente del Gobierno. A su vez, posteriormente, el Presidente del Gobierno es el que escoge a los miembros que van a formar parte de su Gobierno (a los Ministros).

Es decir, existe algo así como una delegación de poder. La soberanía popular es transferida desde el pueblo al poder legislativo para que sea este poder (en nuestro caso al Congreso de los Diputados) el que elija al responsable del poder ejecutivo (al Presidente del Gobierno). Una ruptura encubierta de la soberanía del pueblo.

Este sistema conlleva, por su esencia, una injerencia directa del poder legislativo en el poder ejecutivo. Significa que no hay una verdadera separación de poderes y que se debilita la verdadera participación de los votantes al elegir al Presidente del Gobierno.

Esto, unido a que los Diputados (en la práctica) no tienen voz individual distinta de la que le impone su respectivo partido, implica que, en realidad, los partidos políticos son los elementos de poder (en lugar de instrumentos del sistema al servicio de los ciudadanos) que controlan todos los poderes del Estado de Derecho. La esencia de la democracia se ve alterada, la soberanía popular deja de residir, en la práctica, en los ciudadanos; y los principios elementales de un Estado de Derecho se corrompen. Es decir, con el sistema actual se fomenta el control partidista del Estado en todos los ámbitos.

Este modelo, además, como se ha visto a lo largo de nuestro actual período democrático, implica la vital dependencia que existe del Congreso de los Diputados. De hecho, en estos dos intentos de investidura (tras las elecciones de diciembre y de junio) hemos asistido a la principal debilidad de este actual modelo político. Cuando los miembros del Congreso de los Diputados son incapaces de alcanzar acuerdos, es imposible formar Gobierno.

Llegados a este punto, y sabiendo todas las deficiencias que tiene nuestro actual modelo político, cabe pues plantearse la necesidad de promover un cambio a mejor en este ámbito. ¿Y si los votantes eligieran tanto a los miembros del poder legislativo como al responsable del poder ejecutivo? Es decir, ¿y si los votantes eligieran directamente a los Diputados, los Senadores y al Presidente del Gobierno?

Ello es posible con un modelo político distinto que consistiría básicamente en que el Presidente del Gobierno no fuera elegido por los Diputados, sino por los votantes directamente. No obstante, los votantes seguirían eligiendo a los miembros del poder legislativo (Diputados y Senadores), con las reformas en el sistema de representación que ya propuse en mi artículo titulado “La injusticia en el voto” (https://tomasgil.net/2016/07/04/la-injusticia-en-el-voto/).

¿Cómo se podría articular esta elección directa del Presidente del Gobierno por los votantes y evitar bloqueos institucionales? Sería relativamente sencillo si recogemos ideas de modelos que ya están implantados en otros Estados: unas elecciones a Presidente del Gobierno a doble vuelta.

En la primera vuelta, todos los partidos políticos presentarían a un candidato de su formación. Los votantes ejercerían su derecho al voto eligiendo sólo, única y exclusivamente, a un candidato individualmente. Es decir, cada votante elegiría un solo candidato de entre todos los que se han presentado.

A la segunda vuelta únicamente accederían los dos candidatos más votados. Los votantes tendrían que elegir sólo a uno de esos dos candidatos. El más votado sería investido Presidente del Gobierno (quien, a su vez, sería quien eligiese a los ministros que compondrían el gobierno).

El hecho de que a la segunda vuelta sólo lleguen dos candidatos (los dos más votados de la primera vuelta) implica que, necesariamente, va a existir un Presidente del Gobierno (el más votado de entre esos dos candidatos). Esto conlleva evitar situaciones de bloqueo institucional como la que estamos asistiendo en España. Con este sistema quedaría constituido, sí o sí, el poder ejecutivo de forma directa por los votantes, sin depender de la capacidad negociadora de los partidos políticos para este acto concreto.

Todo ello, sin olvidar que paralelamente se elegirían por los votantes a los miembros del poder legislativo. De tal forma que, en todo momento, se garantizaría que quedaran constituidas las Cortes Generales y quedara formado el Gobierno, no teniendo por qué existir una correlación entre Presidente del Gobierno y Congreso de los Diputados.

Así, se estaría promoviendo una efectiva separación de poderes y un control real de las actuaciones de ambos poderes, evitando un “sometimiento” por parte del poder legislativo al poder ejecutivo. Hoy en día, al ser el Presidente del Gobierno elegido por la mayoría de los Diputados, las acciones del gobierno prácticamente nunca se ven frenadas por los Diputados (porque la mayoría de estos han sido los que han elegido al Gobierno, y la mayoría de estos son los que, a su vez, refrendarán las acciones y omisiones del gobierno).

Con el sistema alternativo que me refiero aquí, sin embargo, se podría dar el caso de que el Presidente del Gobierno fuera candidato del Partido Popular y que, sin embargo, luego en el Congreso de los Diputados este partido político no tuviera una mayoría suficiente para aprobar sin pactar (como ha ocurrido ya, por ejemplo, en Estados Unidos con Barack Obama). Esto les obligaría, necesariamente, a negociar y consensuar ciertas actuaciones (por ejemplo, la aprobación de los Presupuestos). Se evitaría, entre otras cosas, el abuso de poder y del “decretazo” que hemos vivido los españoles durante las etapas de Rajoy y de Aznar.

Este cambio de modelo necesitaría una clara y firme voluntad política regeneradora de toda la clase política, dado que, como primer paso, se tendría que acometer una modificación de la Constitución Española y, posteriormente, de la restante normativa que desarrolla la misma en esta materia.

Creo que el cambio de modelo político es un debate que tiene que surgir (tarde o temprano) y que, analizándose detenidamente, esta alternativa planteada beneficiaría enormemente el funcionamiento de España redundando positivamente en el conjunto de la Nación.

Tarjeta roja a Otegui

Los medios de comunicación se han hecho eco esta semana de la decisión de la Junta Electoral de Guipúzcoa de considerar que Arnaldo Otegui no pueda ser candidato en las elecciones vascas (ver, por ejemplo, http://politica.elpais.com/politica/2016/08/24/actualidad/1471991800_320234.html).

El tema objeto de debate se ha politizado desde diversos sectores, pero no hay que perder de vista el carácter estrictamente jurídico de la cuestión. En este sentido, si bien es cierto que la Constitución Española reconoce el derecho a todos los ciudadanos a ser elector, a ser elegido y acceder a las funciones y cargos públicos, también es cierto que la propia Constitución Española dice que esos derechos tienen que ser conforme a los requisitos que señalen las leyes.

El principal texto legal al que se tiene que acudir para analizar la cuestión es la Ley Electoral. A estos efectos, es necesario tener en cuenta que la Ley Electoral prevé algunos supuestos por los que alguien puede estar privado del derecho de sufragio pasivo. Algunas circunstancias son de naturaleza civil (por ejemplo, la incapacidad en sentido estricto). Otras causas por las que la Ley Electoral establece la privación de este derecho son de naturaleza penal.

En el caso de Otegui, nos encontramos ante un supuesto en el que la Audiencia Nacional, en la Sentencia de 16 de septiembre de 2011, lo condenó a 10 años de prisión, la inhabilitación para sufragio pasivo durante 10 años y la inhabilitación para empleo o cargo público por un período de 10 años. El Tribunal Supremo, en la Sentencia de 7 de mayo de 2012, redujo la duración de la pena de prisión, pero mantuvo las restantes sanciones penales. Todo ello, además, teniendo en cuenta que la Audiencia Nacional, en Auto de 18 de enero de 2016, estableció que la inhabilitación comenzó el 4 de septiembre de 2014 y finalizará el 28 de febrero de 2021.

Por tanto, a día de hoy, por razón de pronunciamiento judicial firme y definitivo, Otegui está inhabilitado para sufragio pasivo e inhabilitado para empleo o cargo público. Esto implica que Otegui se encuentra en uno de los supuestos por los que la Ley Electoral priva del derecho a ser elegido.

A estos efectos, es importante tener en cuenta que las circunstancias de privación del derecho de sufragio pasivo que prevé la Ley Electoral no pueden ser modificadas por el interesado. Por tanto, los anteriores impedimentos legales a la participación de Otegui como miembro de una lista electoral no pueden ser modificados por el propio Otegui.

Por poner un ejemplo sencillo y fácil de comprender (sin querer minimizar la cuestión a lo absurdo) diré que es como cuando un jugador de fútbol es expulsado en un partido. Ese jugador expulsado sabe que el partido siguiente no va a poder jugarlo. Las reglas del juego están ahí. Están para cumplirlas y respetarlas. Otegui incumplió las reglas del juego, fue expulsado y ahora pretende jugar el siguiente partido.

Teniendo en cuenta lo anterior, el discurso que desde determinados sectores políticos se ha difundido de que “la Junta Electoral ha decidido hacer inelegible a Otegui” es, cuanto menos, incompleto puesto que, en realidad, la Junta Electoral realmente está aplicando una “prohibición” impuesta por una condena judicial penal firme y definitiva anterior en el tiempo. Lo contrario habría sido actuar por parte de la Junta Electoral de forma contraria a Derecho y vulnerando las normas del Estado de Derecho.

De todas estas cuestiones son conscientes el propio Otegui y todos los políticos que han salido defendiéndolo y apoyándolo. No obstante, enmascaran esa realidad conocida en mensajes manipuladores y torticeros que pretenden confundir a cierto sector de la población. Abusan del poder mediático que tienen para engañar a los ciudadanos induciéndoles a pensar que la decisión de la Junta Electoral es un acto de represión (ver, por ejemplo, http://www.publico.es/politica/pablo-iglesias-considera-mala-noticia.html). Utilizan el mecanismo de la manipulación libremente para atacar a las instituciones del Estado de Derecho sin fundamento alguno.

De hecho, en el marco de construir una realidad falsa, el entorno de Otegui ha planteado la posibilidad de recurrir la decisión de la Junta Electroal (ver, por ejemplo, http://www.telecinco.es/elprogramadeanarosa/politica/otegi-recurrira-decision-junta-electoral-cree-asiste-ley_2_2233380035.html o http://www.abc.es/espana/abci-seis-magistrados-decidiran-futuro-politico-otegui-201608270303_noticia.html). Desconozco si los abogados de Otegui querrán agotar las vías legales y que el asunto llegue ante el Tribunal Constitucional (dado que éste Tribunal se configura como el máximo y último órgano con capacidad para garantizar la aplicación y respeto del derecho de sufragio pasivo). No obstante, las advertencias de acciones legales que parecen haber anunciado hasta la fecha parecen más una artimaña político-mediática. Es decir, las acciones legales que avisan que iniciarán pretenden una finalidad oculta (distinta de la jurídico-legal): únicamente quieren movilizar al electorado haciéndole creer que existen motivos legales para impugnar que no le hayan permitido presentarse a las elecciones vascas.

Estas actuaciones político-mediáticas han provocado tensión entre los ciudadanos. En mi opinión, esta tensión que se ha generado ha sido completamente forzada por cierto sector político innecesariamente, de mala fe y de forma arbitraria, toda vez que son perfectamente conocedores de la imposibilidad legal que existe. Con el discurso manipulador que han lanzado están consiguiendo enfrentar a la población, dividiéndola y creando bandos. Algo que es totalmente reprobable. El ejercicio de la política tiene límites y el principio de legalidad es uno de esos límites.

El principio de legalidad es esencial para garantizar un Estado de Derecho. El imperio de la Ley (aplicable a todos por igual) debe estar por encima de cualquier persona individual en aras, entre otras cosas, de garantizar la estabilidad de un Estado, de evitar abusos de poder, de salvaguardar la protección de los ciudadanos y, en general, de respetar los bienes, derechos e intereses del conjunto de los españoles.

No es admisible la fragmentación o ataque a estos principios básicos que vertebran nuestro Estado. España no puede permitirse que la aplicación de la Ley ceda ante discursos partidistas interesados. Todos deberíamos estar unidos para defender la aplicación de la Ley por encima de cualquier interés personal. Si no se garantiza el respeto de la Ley, corremos el riesgo de perder la identidad de Estado.

Arde la decencia.

Este verano, como todos los anteriores, he estado pasando unos días en Galicia, la tierra de mi querida madre. Un destino mágico que me cautiva cada año más y que trae a mi mente recuerdos indescriptibles de mi infancia y de mi familia.

Este verano, como todos los anteriores, Galicia ha sufrido las lamentables consecuencias de los incendios que destrozan los montes condenando ese patrimonio de todos los ciudadanos a polvo y cenizas. Especialmente virulenta fue la segunda semana de agosto en la que los incendios, cuan virus destructor, avanzaba y se reproducía. Distintos focos expandidos provocaban que diferentes localidades vieran teñido el cielo de gris y la respiración fuera imposible.

Los medios de comunicación se han hecho eco de esta onda expansiva de incendios y del tremendo impacto ambiental que ha supuesto, indicando que la superficie quemada en Galicia la segunda semana de agosto de 2016 era el triple que toda la del año 2014 (http://www.elconfidencial.com/espana/galicia/2016-08-14/arde-galicia-incendios-triple-hectareas-2014_1246353/). Unos datos realmente preocupantes.

Los montes constituyen una fuente natural que favorece la necesaria estabilidad de la flora y la fauna, además de los beneficios que tienen para la salud humana; todo ello sin dejar de lado la belleza inconmensurable que aportan a la geografía de cualquier país.

Los daños que se producen por los incendios son altísimos. Por citar algunos ejemplos, me remitiré a los que indica Mar Ferreiro al decir que “destruyen la biodiversidad, aumentan la desertificación, causan la disminución de la calidad de las aguas, del suelo o contaminan el aire, por citar algunos, junto con la pérdida de vidas humanas y las pérdidas económicas que también implican” (artículo titulado “Delincuencia Green. Los incendios forestales” publicado en el Diario La Ley número 8778, Sección Tribuna, 8 de junio de 2016).

Pues bien, estos terribles daños se sufren especialmente en nuestro país, donde se arrasan cada año muchísimas hectáreas de nuestros montes. De hecho, España ha sido durante mucho tiempo el país de la Unión Europea con mayor número de incendios forestales.

Algunos son accidentes naturales que, por desgracia, se producen y no queda más remedio que actuar frente a ellos con los recursos humanos y materiales de los que se dispone. No obstante, muchos de los incendios son vilmente provocados por el ser humano y esconden, en su mayoría, otros intereses particulares o de ciertos colectivos o sectores de la economía, especialmente la promoción urbanística. De hecho, según los datos del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, los incendios forestales de mayor gravedad tienen una causa intencionada.

Precisamente por esto último, hizo falta adoptar medidas legales de reacción frente a este tipo de actuaciones tales como, por ejemplo, para sancionarlas penalmente o para establecer la prohibición de urbanización de un terreno quemado.

En tal sentido, existe numerosa normativa en España, bastante dispersa, tanto en el ámbito nacional, autonómico e, incluso, municipal.

Los textos legales de mayor referencia y con mayor impacto en la regulación de la protección de montes y de sanción de los incendios provocados serían la Ley de Montes y el Código Penal español.

En el año 2015, el Partido Popular llevó a cabo, entre otras cosas, dos actuaciones legislativas con trascendencia en el ámbito de la protección de los montes y también en relación con la sanción penal de los incendios provocados.

Así, el Partido Popular (i) por una parte, acometió una reforma del Código Penal que incluía, entre otras cosas, la introducción de especiales tipos agravados de los incendios forestales; y (ii) por otra parte, modificó la Ley de Montes para “facilitar” que los terrenos quemados pudieran ser destinados a fines distintos a la repoblación forestal.

Es decir, que mientras que el Partido Popular, en apariencia, hacía creer a los ciudadanos que buscaban la protección de los montes al endurecer ciertos supuestos de incendios provocados, a través de la reforma de la Ley de Montes otorgaba mecanismos legales para favorecer intereses particulares (principalmente urbanísticos) en la quema de superficies forestales.

El Partido Popular, al recoger en la Ley de Montes nuevos supuestos que habilitaban a destinar las superficies quemadas a fines distintos de la repoblación forestal estaba facilitando así, claramente, la reclasificación de los terrenos de monte que hubieran sido arrasados por incendios forestales (y con ello provocando que se incrementaran los incendios).

Multitud de medios de comunicación llamaron la atención sobre esta reforma de la Ley de Montes, trasladando al lector la inquietud existente, dado que con la misma se consumaba un nuevo paso de desregulación y desprotección ambiental (se puede ver, por ejemplo, http://www.elmundo.es/espana/2015/12/20/56767f3822601d78268b4680.html).

Esta interpretación también obedece a que no se puede obviar que la aplicación del Código Penal no siempre ha sido posible debido a razones diversas como, por ejemplo, la imposibilidad de hallar a los responsables que provocaron el incendio.

Tampoco se puede uno olvidar de que el Código Penal no es la única respuesta que tenemos que buscar para luchar frente a los incendios provocados porque sanciona a los responsables pero no repara los daños que producen los incendios forestales.

Es decir, la reforma del Código Penal para endurecer ciertos castigos ante determinados incendios provocados no era más que un eslogan político en el marco de la campaña mediática del Partido Popular para hacer creer a la gente algo incierto (su falsa preocupación por el medio ambiente), escondiendo su verdadera voluntad en la reforma de la Ley de Montes (favorecer la reclasificación de los terrenos quemados).

El tiempo no ha tardado en demostrar esta finalidad oculta del Partido Popular. Los hechos que han ocurrido este verano en Galicia, precisamente, confirman lo que venían vaticinando todos los medios de comunicación (que la desprotección ambiental favorecería el incremento de los incendios).

Estas últimas semanas (el verano inmediatamente siguiente a la entrada en vigor de la referida reforma del Partido Popular de la Ley de Montes), las superficies quemadas en Galicia han sido desorbitadas.

Con lo que he indicado anteriormente, no estoy diciendo que no se tenga que sancionar penalmente. De hecho, creo que se tiene que incrementar la sanción penal para todo tipo de incendios forestales provocados. No obstante, la idea que quiero trasladar en estas breves líneas es la necesidad de actuar e invertir en todos los ámbitos: prevención, control, reacción y persecución.

En este sentido, no quiero perder la oportunidad de hacer una crítica airada a los severos recortes que han sufrido los dispositivos destinados a actuar frente los incendios (tanto provocados como no provocados) y las penosas condiciones laborales en las que se encuentra el personal destinado a ello (se puede ver, por ejemplo, http://www.lasexta.com/programas/mas-vale-tarde/entrevistas/alejandro-rodriguez-agente-forestal-llevamos-diez-anos-denunciando-a-la-xunta-que-falta-personal-y-recursos-contra-los-incendios_2016081257adfe1c0cf2738f2b807571.html).

Por poner un ejemplo diré que en algunas Comunidades Autónomas el personal adicional que se contrataba en verano para hacer frente a los incendios se contrata por 2 meses menos de los que se contrataba anteriormente.

España no se puede permitir que escaseen los recursos humanos y materiales que luchan fervientemente contra los incendios de nuestros montes. España no se puede permitir que los recursos materiales que se emplean para combatir el fuego en nuestros montes estén obsoletos. España no se puede permitir que el personal que lucha, con peligrosidad, para detener un desastre trabaje en condiciones precarias y con sueldos ridículos.

Por ello, teniendo en cuenta todo lo anterior, creo que es fundamental que (i) se fomente la cultura de respeto por los montes y la biodiversidad desde la infancia mediante programas educativos que incidieran en estas cuestiones tan trascendentales; (ii) se regule sin excepciones abiertas e interpretables el principio esencial de destinar las zonas quemadas a la repoblación forestal; (iii) se invierta en renovar y ampliar los recursos materiales de los que se dispone para luchar contra los incendios forestales; (iv) se instalen nuevas infraestructuras para luchar contra los incendios (como, por ejemplo, dispersores de agua automáticos que se activen ante la detección de fuego y humo); (v) se garanticen los derechos laborales de las personas que trabajan duramente para apagar los incendios asumiendo un gran peligro para la salud; (vi) se incrementen los medios materiales y humanos para investigar y perseguir a los responsables de los incendios provocados; y (vii) se aumenten considerablemente las sanciones penales de aquellas personas que cometan el ilícito.

El respeto por los montes no es algo que se pueda hacer individualmente. Es cosa de todos. La Administración Pública tiene que participar activamente, pero también la sociedad, en su conjunto, tiene que reaccionar frente a esta situación y contribuir a la protección de los montes y la persecución de los que lo destrozan. El impacto negativo de un monte quemado no es sólo para nuestra generación, sino para muchas generaciones venideras.

En las manos y conciencias de los votantes también está la posibilidad de luchar por la salvaguarda de nuestros montes. Cada uno es libre de pensar y opinar lo que estime conveniente al respecto, siendo responsable del voto que otorga en cada momento.

Eduquemos valores.

Sólo cuando se conoce, se valora. Sólo cuando se valora se quiere. Por eso hay que educar al ciudadano español en los principios y valores del Estado Social y Democrático de Derecho de España. Porque sólo cuando el ciudadano español conozca el bien de cumplir, respetar y hacer cumplir los derechos y obligaciones de todos los españoles, valorará la importancia de dichas actuaciones. Porque sólo cuando se valore la importancia de dichas actuaciones de cumplimiento y respeto de los derechos y obligaciones existentes en nuestro Estado Español, se conseguirá hacer que la ciudadanía quiera y ame a España como Estado y como Nación.

Un ciudadano bien educado en los principios y valores que inspira nuestra Constitución Española, se convertirá en un político recto y capaz de buscar el bien del conjunto del país español y de todos los ciudadanos que lo integramos.

Los máximos órganos de la Unión Europea también han venido recomendando en numerosas ocasiones la necesidad de educar y transmitir a los ciudadanos competencias sociales y cívicas. Así, por ejemplo, la Recomendación de 18 de diciembre de 2006 del Parlamento y el Consejo Europeo.

Antes, incluso, el Comité de Ministros de los representantes de los Estados Miembros, en la 812ª reunión expresamente había recomendado a los Gobiernos de los Estados miembros de la Unión Europea, entre otras cosas, (i) que hicieran de la educación para la ciudadanía democrática un objetivo prioritario de las políticas y reformas educativas; y (ii) que fomentaran y apoyaran iniciativas que promoviesen la educación para la ciudadanía democrática en los Estados miembros y entre ellos.

La actividad educativa (especialmente la del Estado, pero no únicamente), cuando está referida a valores morales, cívicos y éticos comunes, no sólo hace recomendable que se difundan y transmitan, sino que también hace obligatorio y lícito fomentarlos para favorecer a la mejora de la sociedad y del Estado en su conjunto. 

Sobre la base de estos principios y con la idea de perseguir la consecución de estos fines, y teniendo en cuenta la Recomendación del Comité de Ministros de los Estados Miembros, en España surgieron en el año 2006 las asignaturas denominadas “Educación Ético – Cívica” y “Filosofía y ciudadanía”. Estas asignaturas fueron denominadas, comúnmente y en su conjunto, como “Educación para la Ciudadanía”.

Es decir, en España se trató de promover en el año 2006 una serie de asignaturas, a lo largo de diferentes cursos académicos, que procurasen educar a los ciudadanos españoles en los principios básicos del ordenamiento jurídico español, en los valores democráticos y en los principios y derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Española de 1978.

Sin embargo, a pesar de este intento de construir una sociedad mejor en España a través de la formación cultural y la educación en las aulas, desde determinados sectores políticos y periodísticos se comenzó una campaña de desprestigio contra esta asignatura, acusándola de ser una maquinación roja del socialismo español. Jamás pensé que hablar de democracia, educando sobre sus principios, fuera a ser catalogado como algo negativo. Jamás me imaginé que fueran a criticar una asignatura que repercutía en el bien de España y de la sociedad española en su conjunto.

Algunos partidos políticos realizaron grandes despliegues mediáticos para criticar y atacar a asignaturas como la “Educación para la Ciudadanía”. Lo peor de todo es que lo siguieron haciendo aún después de que el Tribunal Supremo, en Sentencia de 11 de febrero de 2009, dijera expresamente que la antedicha asignatura era ajustada a Derecho y no existía posibilidad de objetar a la misma.

Mientras el Partido Popular seguía promoviendo la animadversión hacia esta asignatura y la fragmentación de la sociedad española, a nivel europeo existían muchos informes y dictámenes que ponían encima de la mesa la preocupación y sorpresa que existía ante la iniciativa de querer dejar sin efecto la referida asignatura, cuando precisamente era una recomendación a nivel comunitario.

En este sentido, por ejemplo, el Informe del Comisario para los Derechos Humanos del Consejo de Europa de fecha 9 de octubre de 2013, tras su visita a España del 3 al 7 de junio de 2013 ponía de manifiesto que le llamaba la atención que en España se quisiera derogar la “Educación para la ciudadanía” cuando “las normas del Consejo de Europa sobre la educación en derechos humanos, tales como la Carta del Consejo de Europa sobre la educación para la ciudadanía democrática y la educación en derechos humanos, invitaba a los Estados miembros a “incluir la educación para la ciudadanía democrática y la educación en derechos humanos en los programas de educación formal en los niveles de infantil, primaria y secundaria, así como en la enseñanza y la formación general y profesional.”

Una forma sutil y educada que tenía el Comisario para decir que no había razones reales para derogar dicha asignatura más allá de las puramente ideológicas de un partido político que quería adormecer a la ciudadanía y seguir criando una sociedad encaminada a ser más borregos que humanos. Una sociedad que, lejos de reaccionar, se sienta en su sofá a ver programas de bajo impacto cultural (como, por ejemplo, “Sálvame” o “Mujeres Hombres y Viceversa”).

No valen discursos «pro-europeístas» y en defensa de la ciudadanía si luego ante cuestiones tan importantes como la formación de nuestras futuras generaciones rechazamos las políticas europeas con excusas falsas y moralmente reprobables. Eso se llama hipocresía.

La actividad educativa no puede y no debe desentenderse de transmitir ciertos valores éticos, cívicos y morales que subyacen en los derechos fundamentales. Necesitamos salir del caparazón anclado del conservadurismo educacional para progresar. Necesitamos evolucionar. Necesitamos crear una sociedad mejor.

Repudio a las amnistías fiscales.

Esta semana leía en prensa que la Fiscalía descubría una amnistía masiva de españoles en los “Papeles de Panamá” (ver http://www.elconfidencial.com/espana/2016-07-12/papeles-panama-amnistia-masiva-espanoles_1231469/). Es decir, que la mayoría de los defraudadores que aparecían en los “Papeles de Panamá” se habían acogido a la amnistía fiscal de Montoro.

Es cierto que la de 2012 no ha sido la primera en España de nuestro período constitucional (también podemos encontrar, por ejemplo, las socialistas de 1984 o la de 1991).

No obstante, tal y como señalan determinados autores, las de 1984 y 1991 fueron selectivas y obligaban a comprar deuda pública, mientras que la de 2012 fue generalista, indiscriminada y no establecía la obligación de comprar deuda pública (v.gr. Alberto Vaquero García en “¿Son eficaces las «amnistías fiscales»? Un análisis económico”).

La de 2012 fue diferente. En palabras de Juan Carlos Vergez “Con carácter general la “amnistía fiscal” de 2012 (…) está destinada a favorecer la regulación de los saldos totales que vengan de otros territorios o afloren en nuestro país, sometiéndose el contribuyente a una regularización a cambio de pagar un “gravamen especial”, independiente del volumen defraudado y exonerado de cualquier penalización o sanción” (La amnistía fiscal en el RD-ley 12/2012, de 30 de marzo).

Con esta medida el Gobierno pretendía recaudar 2.500 millones de euros. Sin embargo, únicamente se acogieron unos 31mil contribuyentes que permitieron que se recaudase poco más de unos 1.200 millones de euros (menos de la mitad de lo previsto). Eso sí, se pudo comprobar que con estos contribuyentes “acogidos” existían más de 40mil millones de euros sin declarar (casi nada).

Tal y como recogen determinados medios de comunicación “Entre quienes se acogieron a la amnistía hay nombres relevantes: además de Rato, en esa lista están el extesorero del PP Luis Bárcenas y el empresario Fernando Martín. También dos hijos del expresidente catalán Jordi Pujol (Josep y Oleguer) y el exsocio de Iñaki Urdangarin, Diego Torres.” (http://politica.elpais.com/politica/2015/04/17/actualidad/1429303007_250164.html).

No hay que olvidar que ese año (2012), el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda, estimaba en más de 90.000 millones de euros el volumen del fraude fiscal en España. Ese mismo año, la UE indicaba tentativamente que el fraude fiscal en España representaba más de 19% del PIB.

Si hubiera una verdadera voluntad política y una correcta inversión en la prevención del fraude fiscal, los defraudadores podrían haber sido detectados y, en su caso, procesados. Que a nadie se le olvide que los que se acogieron a la amnistía fiscal podrían haber sido enjuiciados como delincuentes (persona que comete delito), dado que el delito de fraude fiscal se consuma en el instante en el que concluye el período legal o reglamentariamente establecido para la práctica de la declaración-liquidación del tributo cuyo pago se elude.

Sin embargo, esta medida otorga una “excusa absolutoria” (actualmente recogida en el Código Penal), de tal forma, que no se les podrá perseguir por esas declaraciones fraudulentas.

Con una amnistía fiscal, el mensaje que se lanza desde el Gobierno a la ciudadanía es muy peligroso puesto que (i) se permite que los defraudadores eviten las responsabilidades legales (incluso las penales); y (ii) se concede una ventaja competitiva al defraudador (al obtener una rebaja fiscal) que no se otorga al contribuyente que cumple escrupulosamente con sus obligaciones tributarias y fiscales.

En definitiva: en lugar de premiar al cumplidor y honrado, se concedió una “gratificación” al defraudador. En lugar de invertir en la prevención del fraude fiscal y dotar de los recursos humanos y materiales pertinentes y necesarios, se prefirió “favorecer” el incumplimiento.

Por otra parte, tampoco se puede dejar de lado el hecho de que nuestra Carta Magna consagra que la contribución económica se tiene que realizar mediante un sistema tributario inspirado en los principios de igualdad y progresividad. Con la amnistía fiscal, desde luego, se anula la Constitución Española en tanto que (i) no todos contribuyen por igual (los defraudadores acaban contribuyendo en condiciones diferentes más beneficiosas); y (ii) no se garantiza un sistema progresivo (los defraudadores con grandes fortunas acaban pagando un porcentaje inferior al que pagan las personas con rentas inferiores).

Por ello, comparto plenamente la propuesta planteada por Ciudadanos (C’s) consistente en aumentar la factura fiscal de los que se acogieron a la amnistía fiscal del 2012 (http://www.abc.es/economia/abci-amnistia-fiscal-truco-o-trato-201510291800_noticia.html).

Es una medida que paliaría, parcialmente, el daño que se produjo a las arcas españolas por el dinero dejado de ingresar de esos defraudadores.

El dinero de la defraudación puede representar un volumen insospechable. Tanto, que podría permitir atender necesidades del Estado español que se han dejado de atender como consecuencia de la política de recortes del Partido Popular (es decir, que este partido con las medidas adoptadas ha favorecido la factura fiscal de los defraudadores y ha incrementado la desigualdad con las políticas implementadas).

Fijémonos, como bien dice Maite Vázquez del Rio, que “Si todas las actividades y dinero fueran declarados la economía española tendría superávit y no hubieran sido necesarios tantos recortes durante la crisis económica que afectaron de lleno al Estado de Bienestar de los ciudadanos al verse obligado el Gobierno a recortar partidas en sanidad, educación o reduciendo de forma significativa el Fondo de Reserva de la Seguridad Social” (“La economía sumergida, un lastre para España”).

La verdad es que la suma es muy fácil porque si España tiene un déficit del 5% y hay una economía sumergida de, aproximadamente, el 20%, es concluyente que si todos aportásemos lo que tenemos que aportar al sostenimiento del Estado, España probablemente no atravesaría una situación de déficit.

Se puede cometer un error en una declaración tributaria. Todos somos humanos y podemos equivocarnos. Pero muy diferente es aquel que, a sabiendas, de forma dolosa, omite el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la finalidad de contribuir menos al Estado, egoístamente para beneficio propio.

Estoy cansado de escuchar a las personas que se les llena la boca de proclamar el amor a los cuatro vientos por la bandera nacional y que, sin embargo, puentean la normativa española para beneficio propio. Estoy cansado de la actitud de las personas que, conociendo estas actividades de ciertas personas, felicitan al defraudador por su “inteligencia” y, sin embargo, insultan a los que critican al Gobierno. Estoy cansado de tener que ver cómo la pobreza extiende sus raíces en la ciudadanía española y, sin embargo, ciertas personas siguen sin contribuir al sostenimiento del Estado español provocando ello la necesidad de hacer recortes que afectan de forma desigual al pueblo español.

La mejor bandera es cumplir con tu Estado.

Mientras estas actuaciones se vean favorecidas por el Gobierno seguirá existiendo fraude fiscal. Mientras que el fraude fiscal sea una práctica casi habitual en ciertos sectores de actividad, seguirán existiendo problemas estructurales presupuestarios. Mientras no se ataje esta lacra (por todos), seguiremos teniendo un sistema viciado.

Hay que invertir más en prevenir el fraude fiscal. Hay que invertir más en la concienciación social, a través de la Educación, para que el fraude sea desterrado de la actividad de la ciudadanía.

Prioridades políticas. Consecuencia: Desigualdad.

La desigualdad en España crece, la pobreza (especialmente la severa) se consolida entre la ciudadanía, las brechas salariales en España son cada vez más patentes, las diferencias entre las distintas clases sociales en España son cada vez mayores… Todas estas afirmaciones son una misma realidad que es, a día de hoy, incuestionable.

Esto es sintomático de una gran dejación por parte del Gobierno en el control social. Estos cuatro últimos años han sido, en términos de equilibrio, igualdad y cohesión social los peores que se recuerdan de este período democrático.

No es una información o una afirmación que pueda decir yo (que puedo no tener credibilidad en lo que digo). Se trata de información y afirmaciones corroboradas con informes oficiales, objetivos y alejados de cualquier corriente y corte político.

Así, por ejemplo, el Informe sobre exclusión y desarrollo social en España del 2014 de la Fundación FOESSA indicaba que España se había convertido en uno de los países de la Unión Europea con un reparto más inequitativo de la renta.

Por otra parte, el Informe elaborado por Cáritas en febrero de 2015 relativo a impacto de la crisis en los países vulnerables de la Unión Europea ponía de manifiesto que las medidas de austeridad impulsadas desde la UE, y el grave deterioro de la situación del mercado laboral (por ejemplo, el desempleo y la pobreza activa) habían alimentado aún más la pobreza y la exclusión social. De hecho, el referido informe indicaba que el crecimiento económico y del empleo no puede lograrse mediante la creación de puestos de trabajo inestables y precarios.

Asimismo, el Informe de Análisis y Perspectivas de la Fundación FOESSA “Empleo Precario y Protección Social” de 2015 insistía en (i) que la recuperación no había llegado a los hogares más pobres, (ii) que el impacto producido profundamente regresivo sobre la estructura de rentas de los hogares españoles, era cada vez más difícil de invertir; (iii) que las dificultades para llegar a fin de mes afectaban a más de un 40% de la población española; y (iv) que el agravamiento de las situaciones de desigualdad y pobreza ha llevado a la sociedad española a niveles estructurales de vulnerabilidad.

Instituciones de renombre en el ámbito del control de la igualdad social también se han pronunciado durante estos años de crisis, haciendo especial hincapié en la grave situación generada en la ciudadanía durante los últimos 4 años.

Así, por ejemplo, la Organización Internacional del Trabajo Que existía una creciente desigualdad del ingreso, en términos de la distribución funcional y personal del ingreso.

También el Instituto Internacional de Estudios Laborales ha llegado a afirmar durante este periodo con rotundidad (i) que la distribución de la renta ha pasado a ser más desigual, pues el coeficiente de Gini se ha venido incrementando desde 2007; y (ii) que los importantes recortes en los salarios (en el sector público pero también en el privado) y en la inversión pública, junto con la re-estructuración del sector bancario y la mala situación de la economía mundial, habían tenido un impacto muy negativo sobre la economía española.

Los medios de comunicación (especialmente los extranjeros alejados de las presiones que lamentablemente se viven en España) también se han hecho eco durante estos cuatro años de la terrorífica brecha que existe entre los ciudadanos españoles y cómo ha ido en aumento durante estos años.

Así, por ejemplo, “The Economist” llegó a publicar que un empleado medio de una compañía grande española debió trabajar hasta ocho días para igualar la cifra obtenida por su consejero delegado en apenas una hora. La revista “Alternativas Económicas” incluso cifró literalmente que “El sueldo de los ejecutivos es 127 veces el de un trabajador medio”.

Autoridades oficiales como, por ejemplo, el Comisario de la Unión Europea para la defensa de los Derechos Humanos vino a decir que (i) estaba profundamente preocupado por la creciente tasa de pobreza infantil en España, ya que aproximadamente un tercio de los niños corrían el riesgo de caer en la pobreza, (ii) que la disminución de las prestaciones familiares había conducido a que algunos niños vivieran en la indigencia y tengan problemas de nutrición; (iii) que le preocupan en particular las consecuencias de la drástica disminución de las subvenciones concedidas para comidas escolares, que oscilaba entre el 30 y el 50% en varias comunidades autónomas, lo cual había conducido a la malnutrición de un número creciente de niños de familias empobrecidas; y (iv) que los servicios sociales y de atención sanitaria en España habían experimentado importantes recortes presupuestarios desde 2012, lo que había tenido repercusiones desfavorables en la disponibilidad, accesibilidad y calidad de estos servicios.

Lo peor de todo ya no es la situación (por mal que suene decirlo), sino que el propio Gobierno de la Nación se ha venido encargando de empeorar la situación. Así, con la situación calamitosa que ha existido a comienzo de cada uno de estos últimos cuatro años, el Gobierno ha venido sacando adelante unos Presupuestos Generales que han marcado una clara tendencia de persecución de los más desfavorecidos.

Los presupuestos del Estado Español durante estos últimos cuatro años han agravado las condiciones de vida de los ciudadanos más castigados por la crisis, especialmente los parados. 

Los políticos del Partido Popular han estado escudando esta actitud de recorte en la inversión del Gasto Público y, especialmente, en Sanidad y en Educación por la “herencia” dejada por el Partido Socialista Obrero Español en cuanto a la deuda pública. Afirmación engañosa y manipuladora porque, exponencialmente, el Gobierno de Rajoy ha sido el que más ha aumentado la deuda pública española. De hecho, con los últimos presupuestos de Zapatero, la deuda pública ocupaba un 69,16% del PIB, mientras que el Gobierno de Rajoy fue aumentando este porcentaje en el año 2012 (pasando a un 84,44%), en el año 2013 (pasando a un 92,09%) y así sucesivamente hasta alcanzar, actualmente, casi el 100% del PIB actual.

Esa deuda pública engrosada por la asistencia financiera a las entidades bancarias es la que está dilapidando el crecimiento económico de España y lastra cualquier atisbo de recuperación.

Esta forma de actuar del Gobierno de España comandado por Mariano Rajoy resulta muy chocante, máxime cuando la historia ya nos ha enseñado que hacer pública una deuda privada de tal envergadura puede arrastrar al Estado hacía una situación económicamente insostenible. Sirva como ejemplo, Argentina.

Por si fuera poco todo lo anterior, los ciudadanos tienen que seguir expectantes ante el discurso de la eterna promesa de la recuperación. El Gobierno ha venido escondiendo su mentira de recuperación económica del pueblo español bajo la vestimenta del “crecimiento del PIB”.

Expertos en la materia (como, por ejemplo, Lucas Chancell o Damien Demailly) han dicho que el PIB no proporciona ninguna información sobre el nivel de bienestar que experimentan los miembros de una sociedad ni sobre la evolución de las desigualdades. Por tanto, hacer alusión al supuesto crecimiento del PIB como sintomático de una recuperación económica y como dato clave para determinar la salida de la crisis es manipular la realidad y engañar a la ciudadanía. 

Bajo el paraguas de las cifras (especialmente del PIB) se pretende seguir engañando a la población española, haciéndoles creer falsamente que España se está recuperando y que ello va a implicar la mejora del bienestar de la población. Ello sin olvidar que muchos economistas vaticinan ya una recesión para el año 2017 (de la cual no habla Mariano Rajoy).

Todo lo anterior es fundamental tenerlo en cuenta cuando se habla de desigualdades y de integración social porque la exclusión social incide en aspectos de la sociedad de distinta naturaleza y calado (desde la capacidad de poder encontrar un trabajo digno hasta la violencia de género). Es fundamental que se realice una inversión consolidada, estable y de gran envergadura en recursos y medios sociales para evitar que los aumentos de la pobreza se conviertan en problemas estructurales (en lugar de efectos transitorios de una crisis económica). Es esencial reducir la brecha salarial (desde abajo para que la parte más desfavorecida de la población no sucumba en la pobreza).

Estas medidas se tienen que adoptar desde el Gobierno de la Nación, pero también desde las restantes instituciones y organismos públicos (tanto nacionales, como autonómicos, como provinciales, como locales). Las decisiones de la inversión del dinero público tienen impacto y efecto dentro del ámbito territorial concreto de la competencia de ese organismo público.

Así, por ejemplo, en el Ayuntamiento de Murcia desde el 2012 hasta el 2015, ambos inclusive, los Presupuestos reflejaban una mayor inversión de 2.588.613 Euros en “Fiestas Populares y Festejos” que en “Atenciones Benéficas y Asistenciales”.

Esta aplicación del dinero público es una decisión que toma la Corporación Local y que, desde luego, si se cambiaran las tornas, probablemente la situación de cohesión y necesidad social no sería la misma. Es triste y es lamentable que un Ayuntamiento de una ciudad tan grande como Murcia destine más dinero a Festejos Populares que a las atenciones benéficas y asistenciales.

No hay que olvidar que las diferencias sociales también se palian con medidas que no impliquen hacer aportaciones dinerarias directas a los ciudadanos (aunque también). Por ejemplo, si existen clases sociales con reducidas capacidades económico-financieras, hay que invertir para que esas personas puedan disfrutar de ciertos derechos, medios y recursos (por ejemplo, de transporte, sanitarios y educativos) que permitan, en cierta forma, paliar su carencia de poder adquisitivo (y de esta forma no se vea mermada su poca capacidad con ciertos gastos y costes que pueden ser atendidos por los organismos públicos directa o indirectamente).

La planificación urbanística de una ciudad también es otro ejemplo de medidas que se pueden adoptar para atender las necesidades de la ciudadanía. Así, por ejemplo, en la ciudad de Murcia, en relación con el Tranvía, los organismos públicos tomaron la decisión de llevar las primeras líneas del Tranvía de la ciudad hasta los centros comerciales y el campo de fútbol de la Nueva Condomina. Una decisión que hubiera luchado por los derechos sociales y de integración de la sociedad habría sido que la primera línea conectase el centro de la ciudad con el Hospital de referencia de la ciudad (La Arrixaca).

En cualquier caso, todos los ciudadanos somos jueces y parte de esta desigualdad que se ha generado. Si se sigue votando al partido político que ha agravado de forma estrepitosa la situación de crisis social que se vive en España, el rumbo está marcado porque no van a cambiar una coma de su ruta. Los que han votado al Partido Popular tienen que saber que su voto ha ido a apoyar a un partido político que promueve, con sus políticas y sus decisiones, la desigualdad y la fragmentación de la ciudadanía. Eso es falta de solidaridad con el prójimo.

La injusticia en el voto.

La necesaria reforma del sistema electoral español.

Nadie duda sobre el “buen hacer” del actual sistema electoral y la vital importancia que tuvo durante la Transición y la estabilización de la democracia en España. La esencia y los elementos de aquellas primeras normas electorales perviven aún en el sistema electoral. Sin embargo, tampoco nadie puede negar ya que nuestro sistema electoral está completamente desfasado.

A día de hoy, han surgido muchas voces en el mapa político que claman por un cambio en el sistema electoral. No es de extrañar que se luche por este cambio tras los resultados electorales que se vienen produciendo (no únicamente en las últimas Elecciones Generales, aunque sí especialmente en estas últimas en las que Partidos Políticos como Ciudadanos – C’s resultaron tremendamente castigados por el sistema electoral y otros como el Partido Popular muy beneficiados).

Por contextualizar y poder justificar la idea principal de este breve y sucinto artículo, creo que es fundamental describir nuestro sistema electoral y su motivación para comprender los cambios que son necesarios implementar.

A tales efectos, y por comprender de una forma resumida nuestro sistema electoral podemos encontrar numerosos juristas que lo definen. En este sentido, tal y como define la Profesora Dña. María Fuencisla Alcón Yustas (El diseño del sistema electoral español. Las elecciones de 15 de junio de 1977”, Actualidad Administrativa, Nº 44, Sección Doctrina, Semana del 25 Nov. al 1 Dic. 2002, Ref. LVI, pág. 1221, tomo 3): “La fórmula de atribución de escaños consiste en la división sucesiva de los votos válidos obtenidos por cada partido, por el número de escaños a elegir en la correspondiente circunscripción electoral. Sistema, proporcional corregido, con listas bloqueadas y cerradas, que favorece a los partidos más votados, por lo que ha sido considerado un sistema «proporcional mayoritarizado”.

Conociendo las principales caracterizaciones del nuestro sistema electoral, y aprendiendo las concretas y sencillas definiciones de nuestro sistema electoral, se pueden observar ya los principales problemas que tiene España en el ámbito de su democracia interna.

Este es un paso clave que tiene que dar la ciudadanía española. Esa es la piedra angular sobre la que tiene que girar toda la política “reformista” española: la educación y la formación para comprender la situación actual, los problemas que se plantean y las posibles soluciones y alternativas para solucionar dichos problemas.

En este sentido, el Informe sobre la reforma del sistema electoral (Presentado a la Comisión de Estudios del Consejo de Estado en Diciembre 2008) era una fuente importante para adquirir conocimiento sobre la fundación del sistema electoral español vigente. Así, por ejemplo, el Informe de 2008 decía: “Óscar Alzaga (1989: 127), ha reconocido que el encargo que recibieron consistía en diseñar un conjunto de mecanismos que permitiera a Unión de Centro Democrático (UCD) alcanzar la mayoría absoluta de escaños en el Congreso con sólo el 36-37 por 100 de los votos, justamente el porcentaje que le auguraban las encuestas preelectorales

Era, cuanto menos, curioso leer estas palabras. El sistema electoral español fue diseñado para manipular la democracia. Implementaron un sistema de representación proporcional “corregido” para garantizar una suerte de control sobre la composición del Parlamento. Es decir, el sistema electoral español estaba podrido antes de nacer.

Se diseñó un sistema electoral que no trata por igual a todos los ciudadanos españoles (daba más peso a un ciudadano de una provincia frente a otro de otra provincia). Esto es algo totalmente contrario al principio constitucional que se pregona en la Constitución Española de 1978 de que todos los españoles somos iguales sin que pueda prevalecer condición o circunstancia personal o social.

Si el voto de un ciudadano de una determinada provincia “computa” más que el de un ciudadano de otra provincia, ¿cómo es posible decir que todos los ciudadanos son iguales? 

Por otra parte, no hay que olvidar el dichoso principio elemental de nuestro sistema electoral de establecer listas cerradas y bloqueadas. Esta es otro de los aspectos clave en los que se vertebra el régimen electoral. Otro punto que, claramente, oprime a la esencia de la Democracia.

Nuestra Constitución Española no hace referencia alguna ni a la forma en que los candidatos deben aparecer agrupados a efectos de su elección ni al modo en que los electores pueden ejercer su voto, y que, por tanto, han sido los partidos políticos los que han creado un sistema electoral.

Un sistema electoral que instrumenta mecanismos de listas cerradas y bloqueadas es contrario al derecho fundamental que tienen (en teoría con la Constitución Española de 1978 en mano) todos los ciudadanos de elegir libremente, en elecciones periódicas, por sufragio universal, a los representantes. Si hay listas cerradas y bloqueadas, ¿cómo se puede hablar de libertad de elección?

De hecho, el Informe sobre las propuestas de modificación del régimen electoral general del Consejo de Estado de febrero de 2009 ponía de manifiesto esta circunstancia y decía, textualmente, que: “Durante la tramitación parlamentaria del proyecto de la LOREG (Ley Orgánica del Régimen Electoral General), se formuló en el Congreso de los Diputados una enmienda que proponía añadir a este precepto el inciso “no cerrada y desbloqueada”, por entender que el sistema de lista cerrada y bloqueada tendía a “potenciar los aparatos electorales internos de los partidos en detrimento de la popularización de los candidatos”, enmienda que fue rechazada en el informe de la Ponencia al considerarse que dicho inciso resultaría “perturbador”Se adoptó, pues, un modelo de listas cerradas y bloqueadas, de manera que los votantes no pueden elaborar su propia lista escogiendo entre quienes figuran en diferentes candidaturas (lista cerrada), ni tampoco alterar el orden en que aparecen los candidatos de la lista finalmente elegida (lista bloqueada)

Quedaba claro, como decía el Consejo de Estado en sus Informes que con el vigente sistema electoral, lo que existe es “un voto de opción a favor de una concreta lista en los términos en los que ha sido presentada”. Esto implica que, bajo el prisma de la ilusión, se entierra la capacidad de elegir a los gobernantes.

El motivo y causa que se buscaba al diseñar nuestro actual sistema electoral era favorecer a los partidos políticos (a los mayoritarios) y no a las decisiones de los ciudadanos. Ello contrastaba frontalmente con los principios básicos y derechos fundamentales sobre los que, en teoría, se fraguó la Constitución Española de 1978.

Por consiguiente, y con el fin de resumir brevemente los principales escollos ante los que se enfrenta el sistema electoral español, se puede decir que los principales problemas que tienen los ciudadanos españoles a la hora de intentar “democratizar” el Estado son (i) que los votos de los españoles no valen todos igual; (ii) que hay una escasa proporcionalidad entre los votos y los escaños de los distintos partidos; (iii) que hay una gran diferencia en la igualdad del voto de los electores españoles (v) que se da prioridad al hecho de pertenecer a una parte del territorio español (provincia) y no a todo el territorio nacional español; (vi) que se le da importancia al partido político y no al ciudadano; (vii) que nos encontramos inmersos en un sistema electoral caótico y complicado de entender y de explicar, en el que una cosa tan elemental para el conjunto de la ciudadanía como es elegir a su líder (que debería ser sencilla de entender: número de votos = número de escaños = representación en el poder) se convierte en un puzzle de una serpiente con tres cabezas; y (viii) que se establecen unas listas cerradas y bloqueadas que impiden la libertad en el ejercicio de la acción democrática.

Se supone que con el actual y vigente sistema electoral se busca, entre otras cosas, dotar de “equilibrio territorial en la representación”, sin embargo, la realidad demostrada es otra. La realidad es un cúmulo de problemas que hay que detectar para modificarlos y superar la desfiguración de nuestro sistema electoral.

El problema es que la provincia que elija un político para presentar su candidatura vale más, a efectos del cómputo de escaños, que el hecho de ser unas Elecciones Generales del conjunto de la Nación. Lo que debería importar es ser español, independientemente de la provincia en la que se vote. Es ridículo que en Murcia (por poner un ejemplo) cada escaño “cueste” más de 70mil votos, mientras que en otras provincias baste con poco más de 20mil votos. Es injusto que a partidos políticos emergentes (pero que han surgido para consolidarse) como, por ejemplo, Ciudadanos-C’s le “cueste” cada escaño aproximadamente más de 90mil votos, mientras que a otros partidos como, por ejemplo, el Partido Popular ni siquiera 60mil votos (http://politica.elpais.com/politica/2016/06/27/actualidad/1467014352_924244.html).

El problema es que se pretende vender la unidad de España desde determinados sectores, cuando, en el principio básico de nuestra democracia (la elección de los representantes y líderes), se está dividiendo a España por partes, descuartizándola, y atribuyendo autonomía a unidades sectoriales. Lo que debería importar es España, como Estado, y que existiera una única circunscripción territorial: la de España.

El problema es que el partido político pequeño que pretende tener implantación en España, que es votado por ciudadanos españoles, que es apoyado ideológicamente por personas de su misma sintonía, puede no llegar a tener representación aun cuando su porcentaje de votos daría derecho a tener más representación que otros partidos políticos que, con menor número de votos, sí que tienen representación parlamentaria (por ejemplo, en las últimas Elecciones Generales ha ocurrido con PACMA que, a pesar de tener unos 100mil votos más, aproximadamente, que EH-BILDU, ésta última consiguiera 2 escaños, mientras que PACMA no consiguiera ninguno).

No es aceptable que se le otorgue más valor a un territorio dentro de España (una provincia) que al conjunto de la Nación. No es aceptable que se tenga en cuenta al lugar por el que se presenta un partido político antes que a España entera y al ciudadano español. Es injusto, es desmedido, es intolerable y es inaceptable.

El problema es que, a día de hoy, aquella idea de libertad, de democracia “real”, se ha ido ensuciando y contaminando. España, lejos de tener un sistema electoral representativo de todos los ciudadanos por igual, ha dado lugar a un sistema electoral complejo. De hecho, más que un sistema electoral se puede decir que hay varios sistemas electorales encubiertos dentro de una apariencia de “un” sistema electoral.

El problema es que el ciudadano no elige a sus líderes libremente puesto que les están limitando su capacidad de poder decidir quién va a ser ese líder, quién va a guiar su destino, quién va a hacer uso del caudal público.

Que nadie se lleve las manos a la cabeza, que nadie se exalte, que nadie blasfeme cuando alguien afirme que vivimos una grave crisis de nuestro modelo institucional. El sistema electoral español está hecho para y por ciertos partidos políticos. Esto no es democracia, esto no es capacidad de decisión, esto no es representación real.

A la población española se le vende una idea (o una ilusión mejor dicho) de democracia y de libertad de poder elegir a sus gobernantes, y se encontraban con una realidad totalmente diferente. La población está anclada en un eufemismo. Es irónico encontrarnos en una forma de Estado que, bajo el lema de “Democrático”, encubre una Dictadura de Partidos.

El pueblo (en el que la Constitución Española hace residir la soberanía nacional) tiene cada vez menos peso y es abandonado como si de un barco sin timón se tratara. Cabe pues preguntarse: ¿ha dejado de estar la soberanía en el pueblo español? Alguna persona me podrá contestar: ¿es que alguna vez estuvo? Quienes respondieran con esa pregunta no estarían muy alejados de la realidad. Famosa fue la frase de un célebre político que dijo: “¿Qué tiene que ver el Parlamento con la calle?”

No es de extrañar que los ciudadanos manifiesten duras críticas hacia ese nefasto sistema electoral. No hay que buscar poder, no hay que buscar dinero, no hay que buscar protagonismo.

Hay que buscar y querer cambiar España, empezando por la reforma del sistema electoral español y garantizar un funcionamiento futuro de España que se aleje de la corrupción. Hay que buscar construir, nuevamente, una España de los españoles. Una España que no sea de los ricos y poderosos, sino de todos los ciudadanos independientemente de su clase o estamento social. Una España que no sea de los Partidos Políticos, sino de quien demostrara merecer ser el líder de la Nación (sirviendo los Partidos Políticos como instrumento y canal del ejercicio del poder que reside en la Ciudadanía).

Por el bien de los ciudadanos, por el bien de España e, incluso, por el bien de la política ¡Hay que modificar nuestro sistema electoral!

Por suerte, creo que estamos asistiendo al principio de una regeneración (que llevará su tiempo y será costoso). Un proceso que deberán impulsar Partidos Políticos que no estén corrompidos por la realidad de la injusticia creada y mantenida durante todos estos años. Creo, honestamente, que Ciudadanos-C’s va a jugar un papel clave y fundamental en este aspecto, si bien, se requiere del apoyo ciudadano y la conciencia social de la necesidad de este cambio.

Asignatura: Innovar.

La mejor inversión es la Educación.

La Unión de Cooperativas de Enseñanza de la Región de Murcia ha organizado esta semana un congreso de innovación educativa bajo el lema “La Educación del Siglo XXI”.

El evento, liderado por Juan Antonio Pedreño, ha sido un rotundo éxito en cuanto a asistencia se refiere y en cuanto a la calidad de los ponentes y participantes.

El congreso ha servido para analizar la evolución de la situación del panorama educativo, pero también (y especialmente) para vislumbrar nuevos horizontes en el sistema educativo, planteando nuevos enfoques del rumbo que podría trazar la enseñanza.

Es meritoria la organización de un evento de la naturaleza como ésta, así como las condiciones y programación de su desarrollo. Es digno de alabar la masiva participación que ha existido porque ello permite hacer visible algo tan importante para nuestro país como es el sistema educativo. Ello porque la Educación es clave en nuestro sistema.

La Educación es la pieza angular de toda sociedad que se precie y de cualquier país para construir un futuro estable que garantice el desarrollo social, humano, laboral y económico de la ciudadanía.

Tal y como consta en la Recomendación del Parlamento Europeo de 18 de diciembre de 2006 “la educación y la formación deben desempeñar un papel fundamental para garantizar que los ciudadanos europeos adquieran las competencias clave necesarias para poder adaptarse los nuevos retos que la globalización”.

Es inasumible para un Estado Social y Democrático de Derecho que los ciudadanos no estén formados y educados. Ello sin olvidarnos de que la actividad educativa no puede desentenderse de transmitir los valores morales que subyacen en los derechos fundamentales que se consagran en nuestro Estado Social y Democrático de Derecho.

El Comisario de la Unión Europea para la defensa de los Derechos Humanos Nils Muižnieks y su delegación visitaron España del 3 al 7 de junio de 2013. Con posterioridad a dicha visita emitieron un informe, con fecha 9 de octubre de 2013, en el que ponían de manifiesto una serie de cuestiones a tener muy en cuenta. Entre estas cuestiones, señalaban que les preocupaba mucho los considerables recortes efectuados en los tres últimos años en los presupuestos para la educación, que oscilaban entre el 14,4% y el 21,4%, así como sus efectos en la igualdad de oportunidades y en el principio de la educación incluyente. El informe, de hecho, ponía de manifiesto que el presupuesto total destinado a la educación se recortó un 21,4% entre 2011 y 2012, y otro 14,4% en 2013.

La inversión en Educación (al igual que en Sanidad) no se puede reducir jamás. Todo país que invierte en Educación, invierte en el futuro de ese país. Como ejemplo, se puede citar a Dinamarca que destinaba un alto porcentaje de sus recursos en Educación (en 2010, por ejemplo, en Dinamarca el 8,74% del PIB fue destinado a Educación, mientras que ese año en España era solo del 5,03%). Gracias a eso, Dinamarca podía presumir, en el año 2014, de ser el país menos corrupto del mundo. El hecho de que Dinamarca fuera el país más transparente era noticia en todo el mundo. Ello se difundía en todos los medios de comunicación. Este hecho tenía un motivo, tenía una causa: el esfuerzo de inversión en Educación.

Hace falta, por tanto, concienciarnos en la necesidad de garantizar una gran inversión en Educación en todos los ámbitos, estructuras y estamentos de la sociedad española.

A estos efectos, la permanencia y desarrollo del sistema público de educación es fundamental en el esquema de prioridades, pero tampoco hay que olvidar (como también señaló el Presidente de la Unión de Cooperativas de Enseñanza de la Región de Murcia), la vital importancia que tiene la enseñanza concertada y las cooperativas de enseñanza.

Tanto la educación concertada como las cooperativas de enseñanza han venido adquiriendo relevancia en el mapa educativo siendo reseñable su papel para garantizar un sistema educativo de calidad y progreso que consiga formar plenamente a los ciudadanos de nuestro país.

En este sentido, no hay que dejar de lado que según las últimas cifras del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, el número de alumnos que son atendidos por centros concertados (en términos globales de todas las fases y estadios educativos) asciende a más de 8 millones de personas (más de un 25% de los alumnos), de los cuales más de 1.800.000 alumnos son de educación infantil y más de 2.900.000 alumnos son de educación primaria. La Educación Concertada da cobertura a todos esos alumnos a los que la Educación Pública no puede llegar en óptimas condiciones, convirtiéndose, por tanto, la Educación Concertada en elemento sustancial del sistema educativo español.

El alumnado con necesidades educativas especiales (en términos globales) al que da cobertura la Educación Concertada estaría (según las cifras del Ministerio) en el mismo porcentaje que la Educación Pública (y mucho más que la Educación Privada). ¿Dónde o cómo estarían atendidos esos alumnos si la Educación Concertada no llegase?

Lo anterior, además, teniendo en cuenta también que la Educación Concertada tiene el mayor porcentaje de centros que ofrecen servicios complementarios de comedor. Así, por ejemplo, la Educación Concertada ofrecía Comedor Escolar Infantil en el 94,5% de sus Centros, frente al 71,4% de la Educación Pública o el 68,9% de la Educación Privada.

Por otra parte, tampoco se puede obviar a las cooperativas de enseñanza. Hasta hace poco estaban bastante olvidadas del panorama educativo español, pero cada día se están implementando de una forma más estable; consolidándose como modelo ejemplar de la confluencia entre (i) los intereses de los profesores que aúnan esfuerzos en pro de un bien común ofreciendo servicios de alta cualificación; y (ii) el acceso al sistema educativo de los ciudadanos en las distintas fases formativas.

Las cooperativas de enseñanza promueven y refuerzan los enfoques y métodos educativos y de sensibilización en toda la sociedad y, en particular, entre los alumnos y los estudiantes, favoreciendo así un clima de tolerancia y de respeto de la diversidad. Las cooperativas de enseñanza, como modalidad del movimiento cooperativo en el marco de la Educación, son el claro reflejo del espíritu y finalidades que persiguen las cooperativas (muy especialmente en el compromiso con la comunidad en su conjunto). Por tanto, por su propia esencia (sociedad cooperativa), además, las cooperativas de enseñanza promueven valores y principios de integración, democracia y responsabilidad social, de lo cual se beneficia el conjunto de la ciudadanía.

Creo, honestamente, que todos estos aspectos comentados, como conceptos globales, son los que, en parte, impulsan la celebración de eventos como el organizado por la Unión de Cooperativas de Enseñanza de la Región de Murcia. Un evento en pro de la ciudadanía. Una ventana al futuro de la Educación.